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    <env:sumariEnviament rdf:parseType="Literal">![CDATA[Bases específicas que regirán el proceso selectivo para proveer en propiedad, mediante promoción interna, una plaza de oficial 1ª de Mantenimiento de Instalaciones Deportivas]]</env:sumariEnviament>
    <dc:publisher>CAIB</dc:publisher>
    <env:contingut rdf:parseType="Literal">![CDATA[&lt;p&gt;
	El Alcalde Presidente, en virtud del Decreto núm. 46/2017, ha dispuesto lo siguiente;&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Dado que en la Comisión negociadora del 4 de noviembre de 2016, se dio cuenta a los representantes de las organizaciones sindicales, de las Bases específicas que regirán el proceso selectivo para proveer en propiedad, mediante promoción interna, una plaza de oficial 1ª de Mantenimiento de Instalaciones Deportivas, nivel 6, del personal laboral del Ayuntamiento de Andratx.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Vista la propuesta de la Técnica de Personal de fecha 4 de julio de 2016.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	En uso a las atribuciones que me confiere la vigente legislación,&lt;/p&gt;
&lt;p style="text-align: center;"&gt;
	&lt;strong&gt;RESUELVO:&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	PRIMERO: Aprobar les siguientes Bases:&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	BASES ESPECÍFICAS DEL PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA PROVEER EN PROPIEDAD, MEDIANTE PROMOCIÓN INTERNA UNA PLAZA DE OFICIAL 1ª, DE MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS, NIVEL 6, DEL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE ANDRATX&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	PRIMERA. Objeto y normativa&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Es objeto de estas Bases regular el proceso selectivo para proveer, mediante promoción interna, una plaza de personal laboral fijo de oficial 1ª de Mantenimiento de Instalaciones Deportivas, vacante y dotada presupuestariamente con las retribuciones correspondientes al nivel 6. Las pruebas selectivas para cubrir las plazas de personal laboral de este Ayuntamiento se regirán de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares; el Convenio del personal laboral de este Ayuntamiento (BOIB n. 78, de 1 de junio de 2006) y la normativa vigente de aplicación en relación al personal laboral. Estas Bases han consensuado entre los representantes municipales y los representantes del Comité de empresa de este Ayuntamiento, en la reunión de la Comisión negociadora, del 4 de noviembre de 2016.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Funciones del puesto de trabajo:&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Responsabilidades generales:&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Realizar tareas de control, inspección y mantenimiento en general, a las instalaciones • instalaciones deportivas bajo las directrices de su superior&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Tareas más significativas:&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Realizar tareas de control, inspección y mantenimiento, tanto de carácter preventivo como correctivo, a les instalaciones deportivas&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Dirigir y coordinar los trabajos de inspección en materia de seguridad en instalaciones y equipamientos deportivos&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Realizar inspecciones de seguridad en instalaciones y equipamientos deportivos municipales&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Supervisar las tareas de los oficiales de mantenimiento&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Realizar el control y seguimiento del suministro del material necesario para llevar a cabo las tareas de mantenimiento&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Controlar y optimizar los recursos y consumos&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Efectuar cualquier otra tarea propia de su categoría que le sea encomendada y para la que haya sido previamente instruido&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Compartirá con los oficiales 3ª las siguientes tareas no exhaustivas:&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Abrir y cerrar las instalaciones&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Controlar los parámetros de las piscinas municipales&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Leer los contadores de agua renovada y depurada y anotar los datos&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Realizar lavados de los filtros de las piscinas&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Llenar los dosificadores de productos químicos&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Montar, desmontar y limpiar los fondos de los vasos de las piscinas&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Conducir el vehículo oficial para trasladar material (herramientas, productos químicos, escombros, material deportivo etc.) o personal municipal&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Controlar el correcto funcionamiento de las calderas, de los grupos de presión y de agua caliente sanitaria; realizar tareas de mantenimiento sencillas y avisar al superior en caso de averías grandes&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Adecuar las pistas deportivas para su uso (montar y desmontar equipamientos)&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Realizar la limpieza de instalaciones y anexos deportivos con los productos químicos correspondientes&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Realizar los turnos de trabajo establecidos por la organización municipal, en función de las características propias que requiera el servicio, dentro de los parámetros legales establecidos al efecto&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	SEGUNDO. Requisitos de las personas aspirantes&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 (acceso al empleo público de nacionales de otros estados) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	b) La edad mínima de 16 años cumplidos y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	c) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas necesarias para ejercer las funciones correspondientes. Las personas interesadas que accedan a plazas reservadas para discapacitados deberán acreditar el grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para acceder al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, que hubiese sido separado o inhabilitado.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	En el caso de tener la nacionalidad de otros estados, el interesado no debe estar, inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida a sanción disciplinaria que impida, en su estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	e) No estar incurso en causa de incapacidad específica de acuerdo con la normativa vigente.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	f) Estar en posesión del título de Mantenimiento de piscinas.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	g) Estar en posesión del permiso de circulación B.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	h) Formar parte de la plantilla del Ayuntamiento de Andratx como personal laboral fijo con un mínimo de antigüedad de 4 años en una o dos categorías inferiores, según determina el convenio de personal laboral de este Ayuntamiento.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	e) También se deberá aportar el recibo acreditativo de haber abonado la cantidad de 15 € por derechos de examen. Para efectuar el ingreso: primero, se deberá recoger un impreso para tal efecto, en el Servicio de Atención a la Ciudadanía (SAC) del Ayuntamiento de Andratx; después, se efectuará el ingreso en la cuenta de la entidad bancaria correspondiente; y finalmente, se deberá aportar este recibo de pago, junto con el resto de documentos requeridos para formar parte de esta convocatoria.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	j) Nivel de catalán B1 según determina Ley 4/2016, de 6 de abril, de medidas de capacitación lingüística para la recuperación del uso del catalán en el ámbito de la función pública&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	TERCERA. Solicitudes&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Las personas interesadas en las pruebas selectivas, deberán rellenar una solicitud, que se les facilitará en el SAC. El impreso deberá obtenerse por duplicado para que la persona interesada se quede una copia sellada de la solicitud que presente. El plazo para presentarla será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Los sucesivos anuncios se publicarán únicamente en el Tablón de edictos y en la página web del Ayuntamiento de Andratx.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Las solicitudes se podrán presentar también en la forma que indica el art. 16, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Para tomar parte en el proceso selectivo, los interesados ​​deberán acreditar los requisitos exigidos en la base segunda, a la fecha de finalización del plazo señalado para presentar las solicitudes. Toda la documentación, requisitos y méritos, se presentará compulsada.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	La fecha límite para aportar los méritos y para presentar los documentos que los acreditan, será la de la finalización del plazo para presentar las solicitudes. Los méritos aducidos y no justificados por los interesados, en la forma indicada, no se valorarán, a menos que no se puedan presentar por causa imputable al Ayuntamiento de Andratx.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Las personas interesadas que presten sus servicios en el Ayuntamiento de Andratx lo harán constar en la solicitud, con respecto a los servicios prestados en el Ayuntamiento de Andratx o reconocidos por éste. En este caso, se comprobarán de oficio por parte del Área de Personal, a partir de los datos que figuren en los archivos y las bases de datos de esta corporación.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	CUARTA. Admisión de las personas aspirantes&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Una vez haya finalizado el plazo para presentar solicitudes, la autoridad convocante, o en la que ésta haya delegado, dictará, en el plazo máximo de un mes, la resolución que apruebe las listas de las personas admitidas y excluidas, con la causa de no admisión.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	La relación de las personas aspirantes admitidas y excluidas se publicará en el Tablón de edictos de este Ayuntamiento y en la página web de este consistorio. En este mismo documento se indicará la composición del Tribunal calificador, el lugar, la fecha y la hora de inicio de los ejercicios.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Se concederá un plazo de diez días, no prorrogable, para subsanar errores. Este plazo empezará a contar a partir del día siguiente de la publicación, en la página web y en el Tablón de edictos, de la resolución de personas admitidas y excluidas. Este período de enmienda no será aplicable a los méritos alegados pero no aportados documentalmente.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	La Administración puede enmendar, en cualquier momento, de oficio, o a petición del interesado, los posibles errores.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	De no presentarse enmiendas la lista devendrá definitiva.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	QUINTA. Tribunal calificador&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	El tribunal calificador quedará constituido en la forma que determina el art. 4 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio (BOE n. 142, de 14 de junio de 1991); con el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público; y con la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La composición del tribunal deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá a la paridad entre mujer y hombre.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	A efectos de indemnizaciones se regirán por el Decreto 16/2016, de 8 de abril, por el que se aprueba el Texto consolidado del Decreto por el que se regulan las indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Administración autonómica de las Islas Baleares.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros -titulares o suplentes, indistintamente- y sus decisiones se adoptarán por mayoría. Podrá designar asesores especialistas, con voz pero sin voto, cuando lo considere conveniente.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. Tampoco podrán formar parte de los representantes de los empleados públicos, sin perjuicio de las funciones de vigilancia del buen desarrollo del proceso selectivo.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, la cual no se podrá ostentar en representación o por cuenta de nadie.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	En ausencia del secretario, asumirá sus funciones, sin que por ello pierda su condición de vocal, el miembro que designe el propio tribunal.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Los miembros del tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir y lo notificarán a la autoridad convocante cuando se vean afectados por alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, así como también aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias mencionadas en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Los vocales del tribunal calificador deberán estar en posesión de un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso a la categoría convocada.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Los acuerdos del tribunal se adoptarán por mayoría de asistentes y dirimirá los empates el voto del presidente.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	1.SEXTA. Primera fase (oposición)&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Primera prueba. Esta prueba de carácter obligatorio y eliminatorio, consistirá en responder un cuestionario de 30 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, una de las cuales será válida. La duración de esta prueba será de una hora y quince minutos. La puntuación mínima para superar esta prueba será de 15 puntos, y la puntuación máxima que se podrá alcanzar será de 30 puntos.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Las preguntas se formularán a partir de los contenidos del temario general:&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Temas generales&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	1. La Constitución española de 1978. Estructura y contenido. Principios generales. Derechos fundamentales y libertades públicas.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	2. El Municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	3. La organización municipal. Competencias.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Segunda prueba. Consistirá en la realización de una prueba práctica relacionada con las funciones a desarrollar como oficial 1ª. La puntuación mínima para superar esta prueba será de 15 puntos, y la puntuación máxima que se podrá alcanzar será de 30 puntos.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	1. Revisión de las puntuaciones atorgadas en la fase de oposición&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Las calificaciones de los ejercicios se publicarán en el Tablón de edictos y en la página web del Ayuntamiento el día que el Tribunal lo acuerde. Las personas interesadas podrán presentar reclamaciones durante el plazo de tres días hábiles, en el Registro General, a partir del día siguiente de su publicación. El Tribunal deberá resolver, expresa y motivadamente, en el plazo de los tres días siguientes y, en todo caso, antes del inicio del siguiente ejercicio. Para estos efectos se facilitará la revisión de los ejercicios a las personas interesadas.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	2.SÉPTIMA. Segunda fase (concurso)&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Esta fase se realizará una vez termine la fase de oposición y no será eliminatoria ni se tendrá en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	A. Experiencia laboral&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	La puntuación global máxima de este apartado será de 26 puntos, y se valorará de la siguiente manera:&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	1. Experiencia profesional por servicios prestados al Ayuntamiento de Andratx (ya sea como laboral fijo o laboral temporal), desarrollando funciones propias de la plaza objeto de la convocatoria, demostrables mediante certificado o Decreto de funciones de superior categoría, a razón de 0,15 puntos por mes, con un máximo de 10 puntos.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	2. Experiencia profesional por servicios prestados al Ayuntamiento de Andratx (ya sea como laboral fijo o laboral temporal), desarrollando funciones hasta dos niveles inferiores al de la plaza objeto de la convocatoria, como personal de mantenimiento de instalación deportivos, demostrables mediante certificado emitido por el Ayuntamiento, a razón de 0,10 puntos por mes, con un máximo de 10 puntos.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	3. Experiencia profesional por servicios prestados al Ayuntamiento de Andratx (ya sea como laboral fijo o laboral temporal), desarrollando funciones de hasta dos niveles inferiores al de la plaza objeto de la convocatoria como personal de otra brigada de servicios, demostrables mediante certificado emitido por el Ayuntamiento, a razón de 0,10 puntos por mes, con un máximo de 5 puntos.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	4. Experiencia profesional en funciones análogas a las del puesto a proveer, a la empresa privada: 0,0125 puntos por mes, con un máximo de 1 punto.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Los trabajos realizados en la Administración pública se acreditarán mediante certificado expedido por el organismo correspondiente.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	En el sector privado, certificado de empresa o copias compulsadas de los contratos con indicación de las fechas de alta y baja, categoría profesional, tipo de contrato, acompañado de un informe de vida laboral emitido por la Seguridad Social.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	B. Formación reglada&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	La puntuación global máxima de este apartado será de 2 puntos, y se valorará de la siguiente manera:&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	Licenciatura universitaria, 2 puntos&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	Diplomatura universitaria, 1'5 puntos&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	Bachiller superior, ciclo formativo superior o equivalente, 1 punto&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	Ciclo formativo grado intermedio, 0,75 puntos&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	Graduado en Educación Secundaria o equivalente, 0,5 puntos&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	C. Formación recibida no reglada y otros&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	La puntuación global máxima de este apartado será de 10 puntos.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Se valorarán los cursos, jornadas, congresos y seminarios de formación y perfeccionamiento impartidos por centros oficiales, administraciones públicas y centros acogidos al Plan de formación continua. Las materias de los cursos, jornadas y seminarios deben tener relación directa con las funciones propias de la plaza objeto de estas Bases. El interesado debe acreditar la duración de los cursos y el aprovechamiento de los mismos.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	a. Cursos de formación, jornadas y seminarios, 0,005 puntos por hora&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	b. Cursos de formación, jornadas y seminarios sin especificar el número de horas o días, se contabilizarán como una hora.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	c. Estar en posesión del curso de Manejo de grúas, 1 punto&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	d. Estar en posesión del curso de cortasetos y moto sierra, 1 punto&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	e. Estar en posesión del curso de manejo de elevador, 1 punto&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	f. Estar en posesión del carné C1, 1 punto&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	D. Conocimientos de lengua catalana&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	La puntuación global máxima de este apartado será de 2 puntos.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Para valorar los conocimientos de la lengua catalana correspondientes a niveles superiores al exigido como requisito, se computará de la siguiente manera:&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	1. Certificado de nivel B2 (nivel avanzado), 0,5 puntos&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	2. Certificado de nivel C1 (nivel de dominio funcional efectivo), 1 punto&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	3. Certificado de nivel C2 (nivel de dominio), 1,5 puntos&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	4. Certificado de nivel LA (conocimientos específicos de lenguaje administrativo), 0,50 puntos&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	El tribunal evaluará los méritos alegados por los aspirantes, de acuerdo con la puntuación más arriba detallada, y expondrá el resultado en el Tablón de edictos y en la página web de esta corporación. A partir del día siguiente, y durante un plazo de tres días hábiles, los aspirantes podrán presentar reclamaciones por escrito en el Registro General.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	OCTAVA. Relación de aprobados&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Se consideran aprobados, de entre los aspirantes que han superado las pruebas selectivas, aquellos que han obtenido la puntuación más alta, una vez sumada la fase de oposición (base séptima) más la fase de concurso (base octava), teniendo en cuenta que el número de aspirantes aprobados no podrá ser superior al de vacantes convocadas que son objeto de la oferta.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Si por cualquier circunstancia algún aspirante incluido en la propuesta de adjudicación de la plaza no ocupa como titular la plaza de oficial 1ª, se puede proceder, por orden estricto de puntuación de la correspondiente lista de espera, a la formalización del contrato como oficial 1ª de los aspirantes que han superado los ejercicios.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	SEGUNDO: Publicar estas Bases en el Tablón de edictos del Ayuntamiento de Andratx, en el BOIB, y la página web del Ayuntamiento de Andratx.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
&lt;/p&gt;
&lt;p style="text-align: center;"&gt;
	Andratx, 5 de enero de 2017&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px; text-align: center;"&gt;
	&lt;strong&gt;El Alcalde&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px; text-align: center;"&gt;
	Jaume Porsell Alemany&amp;nbsp;&amp;nbsp;&amp;nbsp;&amp;nbsp;&amp;nbsp;&lt;/p&gt;
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