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    <dc:date>2015-09-17</dc:date>
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    <dc:publisher>CAIB</dc:publisher>
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    <env:sumariEnviament rdf:parseType="Literal">![CDATA[Aprobación bases subvención primera vivienda 2015]]</env:sumariEnviament>
    <dc:description>CAIB</dc:description>
    <env:ordre rdf:parseType="Literal">240</env:ordre>
    <env:contingut rdf:parseType="Literal">![CDATA[&lt;p&gt;
	APROBACIÓN DE LAS BASES REGULADORAS QUE DEBEN REGIR LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES RELATIVAS AYUDA ACCESO PRIMERA VIVIENDA 2015 LOS JÓVENES DE MURO&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Presentadas las bases reguladoras que han de regir la convocatoria pública de subvenciones a la ayuda a acceso a la primera vivienda a los jóvenes de Muro para 2015, la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Muro de día 7 de setembre &amp;nbsp;de 2015, por unanimidad, acordó :&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	&lt;strong&gt;Primero&lt;/strong&gt;. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria para facilitar el acceso a la primera vivienda de los jóvenes de Muro, en los siguientes términos:&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA FACILITAR EL ACCESO AL PRIMER VIVIENDA DE LOS JÓVENES DE MURO 2015&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	1 .Las ayudas se destinarán a la adquisición, construcción o rehabilitación de la primera vivienda, preferentemente en el casco antiguo, para ser destinada a residencia habitual y permanente del peticionario&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	2 .Se podrán acoger a esta convocatoria de ayudas, los jóvenes de Muro que cumplan los siguientes requisitos:&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	a) Tener una edad no superior a los 35 años .&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	b ) Ser residente del municipio durante cinco de los últimos siete años anteriores al de la concesión de la ayuda y estar empadronado en el mismo en el momento de aprobación de estas bases.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	c) No ser propietario de otra vivienda.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	3 .Durante el ejercicio presupuestario de 2015, del Ayuntamiento de Muro destina a las ayudas objeto de esta convocatoria 20.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 1510.78900 del presupuesto de gastos.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	4 .La subvención máxima a conceder será el equivalente al 30% del presupuesto de las obras o del contrato de compraventa, siempre que no exceda de 6.000,00 €.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	5 . Las ayudas se otorgarán de manera inversamente proporcional a la renta de la unidad familiar, de conformidad con el siguiente cuadro:&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	a) Unidades familiares con ingresos de 0 a € 15.025,00: la ayuda que determine la Comisión Informativa de Cuentas y Haciend , conforme a lo estipulado en el apartado 4.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	b ) Unidades familiares con ingresos de 15.025,01 a € 30.050,00: el 75% de la ayuda concedida a las unidades familiares del apartado a.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	c ) Unidades familiares con ingresos de 30.050,01 a € 45.075,00: el 50% de la ayuda concedida a las unidades familiares del apartado a.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	d) Unidades familiares con ingresos superiores € 45.075,00: el 25% de la ayuda concedida a las unidades familiares del apartado a.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	6 . Los inmuebles catalogados tendrán un suplemento del 25% sobre las cuantías estipuladas en el aparato anterior.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	7 . El importe de la subvención se destinará a la adquisición, construcción o reforma de la vivienda, sin poder aplicarse a ningún otro destino.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	8 . La subvención se hará efectiva la presentación de los certificados de final de obra del&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	Ayuntamiento y del arquitecto o de la escritura de compraventa. Junto con los certificados, se deberá acreditar el gasto, mediante la presentación de fotocopias compulsadas de las facturas oficiales, expedidas a nombre del beneficiario de la ayuda.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	9 . Los certificados de final de obra se deberán presentar antes del 15 de noviembre de 2016. Caso de no haberlo hecho en la fecha indicada se perderá la subvención.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	10 . La falsedad en la declaración de cualquier dato implicará la devolución de la subvención.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	11 . La subvención será compatible con la ayuda que se pueda obtener de cualquier otro organismo.&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	12 . El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de las bases en el tablón de edictos y terminará el día 30 de octubre de 2015 2014, pudiendo presentarse las todos los residentes que hayan adquirido una vivienda, que hayan solicitado y obtenido licencia urbanística para su construcción o reforma, o los que se les haya expedido certificado de final de obra por parte del Ayuntamiento y del arquitecto, entre el 1 de noviembre de 2013 y el 31 de diciembre de 2014 .&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	13 .Las solicitudes se formalizarán mediante instancia facilitada por el Ayuntamiento de Muro y deberán contener los datos necesarios para la correcta identificación de la persona . A las instancias se deberá adjuntar la siguiente documentación:&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad .&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	b ) Certificado de empadronamiento, con indicación de los años de residente en el municipio&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	c ) Fotocopia de la licencia urbanística, de los certificados de final de obra o del contrato o escritura de compraventa de la vivienda .&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	d) Declaración responsable en la que el solicitante haga constar la voluntad de dedicar la vivienda a residencia familiar y habitual durante un mínimo de 5 años, a partir de la fecha de concesión de la subvención.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	e) Cuenta bancaria al que se haya de realizar la transferencia de la ayuda.&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	f ) Declaración de renta y patrimonio de los peticionarios, o , en su defecto, certificado de imputaciones del IRPF o borrador de la declaración .&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px 0px 0px 40px;"&gt;
	g ) Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	14 . Las ayudas serán aprobadas por la Junta de Gobierno, previo informe de la Comisión de Cuentas y Hacienda .&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	15 .El importe de las ayudas concedidas serán abonados por el Ayuntamiento de Muro a los beneficiarios mediante transferencia bancaria .&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	16 .Corresponde a la Junta de Gobierno la interpretación de estas bases y la potestad de modificar las cuantías estipuladas en el apartado 4 cuando los núcleos familiares de los solicitantes presenten evidentes signos externos de riqueza que no concuerden con las declaraciones presentadas .&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	&lt;strong&gt;SEGUNDO&lt;/strong&gt;. Autorizar el gasto de 20.000 € a cargo de la aplicación presupuestaria 1510.78900&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
	&lt;strong&gt;TERCER &lt;/strong&gt;. Publicar las Bases en el BOIB, en el tablón de edictos y en la página web de la Corporación&lt;/p&gt;
&lt;p&gt;
&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px; text-align: center;"&gt;
	Muro, 10 de setembre de 2015&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px; text-align: center;"&gt;
	&amp;nbsp;&amp;nbsp;&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px; text-align: center;"&gt;
	&lt;strong&gt;El Alcalde&lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;
&lt;p style="margin: 0px; text-align: center;"&gt;
	Martí Fornés Carbonell&lt;/p&gt;
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