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    <env:contingut rdf:parseType="Literal">![CDATA[&lt;p&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística, a JOSEFA PERETE CANO y FRANCISCO JOSE MARIN PERETE, exp . DO-2013/57 , y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo , por el presente edicto se notifica a FRANCISCO JOSE MARIN PERETE ( prop1 ) , de conformidad con el art . 59-5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y 194 del Real Decreto 2568/1986 , de 28 de noviembre, del reglamento de organización , funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales , que transcrito dice :&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;Se le notifica que, por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo núm. 14760, de 21.08.2013, se ha dispuesto lo siguiente:&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Información Básica , por los que se denuncian obras efectuadas por los propietarios y / o promotores que se relacionan en la parte dispositiva de este acuerdo y de los cuales se desprende que no se ha obtenido la preceptiva licencia municipal , exigida por los artículos 2 y 65 de la Ley 10/90 , de 23 de octubre , de disciplina urbanística de la CAIB , y del PGOU vigente , de acuerdo al RD Legislativo 2/2008 de 20 de junio , texto refundido de la Ley del Suelo .&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;Vistos los artículos 121 y siguientes de la Ley 7/85 de 2 de abril, modificada por la Ley 57 / 03 , de 16 de diciembre de medidas para la modernización del gobierno local, así como el arte 4.2.l ) y m), y art. 18 noveno del vigente Reglamento de la Gerencia de Urbanismo, el jefe del Negociado que suscribe , de acuerdo con los artículos 172 y 175 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, y atendidos el Decretos de Alcaldía n . 8435 y 8436, de fecha 13 de mayo de 2013, de Organización de los servicios administrativos y de Nombramiento de titulares de las áreas de gobierno, respectivamente , y demás normativa aplicable , considera que el presidente del Consejo de Gerencia y Teniente de Alcalde de Urbanismo y Vivienda para dictar lo siguiente :&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p style="text-align: center"&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;&lt;strong&gt;DECRETO&lt;/strong&gt;&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;&lt;strong&gt;1. REQUERIR &lt;/strong&gt;a los propietarios, promotores, técnicos y/o empresa constructora que se relacionan a continuación para que en un plazo de dos meses , a partir del día siguiente de la publicación de este edicto , solicite la oportuna licencia municipal para las obras realizadas sin licencia , en cumplimiento de lo exigido por los artículos 2 , 26 y 65 de la Ley 10/90 , de 23 de octubre , de disciplina urbanística de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y 255 de las Normas urbanísticas vigentes , así como lo previsto en el artículo 4.2.l del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo .&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;A FRANCISCO JOSE MARIN PERETE, y JOSEFA PERETE CANO, como propietarios , por las obras realizadas en ce Marqués de la Fontsanta 64 01 B , RC 00811501003 , consistentes en: &amp;quot;&lt;strong&gt;cubrimiento patio interior&lt;/strong&gt;&amp;quot;, así como cualquier otro tipo de obra que se haya realizado en el emplazamiento citado sin la preceptiva licencia municipal . (Exp. DO-2013/57) .&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;Si transcurrido el plazo de dos meses, el interesado no ha solicitado la licencia municipal de obras / ha adaptado a las condiciones de la licencia, el Consejo de Gerencia de Urbanismo en la forma señalada , después de la propuesta formulada por el instructor del expediente , acordará la demolición o restitución al estado físico y jurídico anterior de las obras ejecutadas a costa del interesado y procederá a impedir definitivamente los usos a los que diera lugar. Se procederá de la misma manera si la licencia fuera denegada por el otorgamiento contrario a las prescripciones del Plan o de las Normas urbanísticas.&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;La solicitud de licencia dará lugar a la suspensión automática del procedimiento de demolición o reconstrucción en virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 30 /92 del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común por el tiempo que dure la resolución del otorgamiento / denegación de la licencia.&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;&lt;strong&gt;2 º. DESIGNAR &lt;/strong&gt;como instructor y como secretario del expediente que se instruye por la infracción urbanística cometida al jefe de Servicio y al jefe del Negociado, respectivamente.&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;&lt;strong&gt;3º. ADVERTIR &lt;/strong&gt;a los promotores, los propietarios, los constructores y los directores técnicos de las obras , que según lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley 10/90 , de 23 de octubre , de disciplina urbanística de la CAIB , &amp;quot;independientemente de la resolución de demolición o de reconstrucción , las infracciones urbanísticas cometidas contra lo dispuesto en esta Ley, darán lugar a la imposición de sanciones pecuniarias . las multas que puedan corresponder se adoptarán a propuesta del instructor por el órgano actuante, previas las formalidades previstas en la Ley de Procedimiento Administrativo y como continuación al expediente de demolición o reconstrucción instruido &amp;quot; así como se podrá dar cuenta a los tribunales de justicia, visto el artículo 319 y siguientes del vigente Código Penal .&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;&lt;strong&gt;4º. NOTIFICAR&lt;/strong&gt; la presente resolución a los interesados.&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;Lo que le comunico como acto de trámite, para su conocimiento y efectos oportunos. Os recuerdo que, de acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística en lo referente a las futuras notificaciones que se hagan.&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, pueden dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES -Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avenidas); OAC CORT - pl . Santa Eulalia, 9, bajos; OAC PERE GARAU - c. Pere Llobera , 9; OAC SAN AGUSTÍN - c . Margaluz, 30 ; OAC San Fernando -Av . San Fernando, 42 (Edif. Policía Local); OAC S&amp;apos;ARENAL -Av . América, 11; OAC S&amp;apos;ESCORXADOR - c Emperatriz Eugenia, 6 ; OAC SON FERRIOL -Av . Cid 8 . Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h de lunes a viernes ( todas las oficinas ) . Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h de lunes a jueves (OAC Avenidas). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 en la OAC Cort (sólo registro).&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p&gt; &amp;nbsp;&lt;/p&gt; 
&lt;p style="text-align: center"&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;Palma , 3 de octubre de 2013&lt;/span&gt;&lt;/p&gt; 
&lt;p style="text-align: center"&gt; &lt;span style="font-family: times new roman, times, serif; font-size: 12px"&gt;&lt;strong&gt;La jefe de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios&lt;/strong&gt;&lt;br /&gt; PD Decreto de Alcaldía núm . 10434 de 08/06/2012 , ( BOIB núm. 85 de 14/6/2012)&lt;br /&gt; Elvira Salvà Armengod&lt;/span&gt;&lt;/p&gt;]]</env:contingut>
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