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    <env:dataPublicacio>2019-04-27</env:dataPublicacio>
    <env:sumariEnviament rdf:parseType="Literal">![CDATA[Execució de títols judicials 41/2019]]</env:sumariEnviament>
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    <env:contingut rdf:parseType="Literal">![CDATA[&lt;p&gt;D/Dª CONCEPCIÓN SALCEDO MARTINEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de EIVISSA, HAGO SABER:&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000041 /2019 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª VALERIA VANESSA PARRAGA QUINTO contra la empresa MARIA LEUDA FERREIRA LANG, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;PARTE DISPOSITIVA&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Dispongo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante VALERIA VANESSA PARRAGA QUINTO frente a Dª MARIA LEUDA FERREIRA LANG, parte ejecutada.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la/s infracción/es cometida/s en la resolución, cumplimiento o incumplimiento de presupuestos y requisitos procesales exigidos y/o oposición a la ejecución despachada en los términos previstos en el art. 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;EL/LA JUEZ EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA &lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Que asimismo, en idéntica fecha y procedimiento se ha dictado resolución del siguiente tenor:&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;DILIGENCIA DE ORDENACIÓN&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA SR/SRA D/Dª. CONCEPCIÓN SALCEDO MARTINEZ&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;En EIVISSA, a veinticuatro de abril de dos mil diecinueve.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Habiendo presentado el/los trabajador/es Dª VALERIA VANESSA PARRAGA QUINTO exigiendo el cumplimiento por el empresario MARIA LEUDA FERREIRA LANG de la obligación de readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución , de conformidad al art.280 de la LJS, acuerdo:&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Citar de comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y fijo el próximo día 30/05/2019 a las 10.00 horas de su mañana para la celebración de la comparecencia.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;De no asistir el/los trabajador/es o persona que le/s represente se le/s tendrá por desistido/s en su solicitud; si no lo hiciese el empresario o su representante se celebrará el acto sin su presencia.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Asimismo, acuerdo la citación del demandado por medio de edictos.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;&lt;strong&gt;EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA &lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Y para que sirva de notificación en legal forma a Dª MARIA LEUDA FERREIRA LANG, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ISLAS BALEARES.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.&lt;/p&gt;

&lt;p style="margin-bottom:0px; margin-left:0px; margin-right:0px; margin-top:0px"&gt;En EIVISSA, a veinticuatro de abril de dos mil diecinueve.&lt;/p&gt;

&lt;p style="margin-bottom:0px; margin-left:0px; margin-right:0px; margin-top:0px"&gt;&lt;strong&gt;EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA &lt;/strong&gt;&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutelar o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjuicio, cuando proceda.&lt;/p&gt;

&lt;p&gt;Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.&lt;/p&gt;
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    <dc:date>2019-04-27</dc:date>
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