![CDATA[Execució de títols judicials 165 /2017 ]] 21778 21779 2018-06-26 CAIB 6828 420 CAIB ca ca 610820 2018-06-22 text/html ![CDATA[<p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">D/Dª&nbsp; BEGOÑA MARÍ RUIZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social nº 001 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000165 /2017 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª MARIA ISABEL GONZALEZ GALEA contra la empresa EVA SCHLEGEL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.</span></p> <p align="center"> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;"><strong>PARTE DISPOSITIVA</strong></span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;"><strong>Dispongo:</strong> Despachar orden general de ejecución AUTO DE EXTINCIÓN DE RELACIÓN LABORAL a favor de la parte ejecutante, MARIA ISABEL GONZALEZ GALEA, frente a EVA SCHLEGEL, parte ejecutada,&nbsp; por importe de 2855,16 euros en concepto de principal, más otros 285,51 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídicos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS y a los representantes de los trabajadores de la empresa deudora de conformidad a lo ordenado por el art. 252 LJS.</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">y a los representantes de los trabajadores de la empresa deuda de conformidad a lo ordenado por el art. 250 LJS.</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">Contra este auto<strong> podrá interponerse recurso de reposición</strong>, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los <strong>TRES DÍAS</strong> hábiles siguientes a su notificación, en el que <strong>además</strong> de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, <strong>podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada</strong>, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 1 abierta en BANCO SANTANDER, cuenta nº 04640000640165/17 debiendo indicar en el campo concepto, "Recurso" seguida del código "30 Social-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el "código 30 Social- Reposición". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones&nbsp; la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;"><strong>EL/LA JUEZ</strong>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; <strong>EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</strong></span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.</span></p> <p style="text-align: center;"> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;"><strong>PARTE DISPOSITIVA</strong> &nbsp;&nbsp;</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, <strong>acuerdo:</strong></span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">- Proceder al a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, <strong>surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas</strong> hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo <strong>carga procesal de las partes</strong> y de sus representantes <strong>mantenerlos actualizados</strong>. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;"><strong>MODO DE IMPUGNACIÓN:</strong> Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de <strong>TRES/ CINCO DÍAS</strong> hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 04640000640165/17 abierta en banco santander, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 Social- Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "31 Social-Revisión de resoluciones Letrado de la Administración de Justicia". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;"><strong>EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</strong></span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">Y para que sirva de notificación en legal forma a MARIA ISABEL GONZALEZ GALEA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Baleares.</span></p> <p> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.</span></p> <p style="margin:0px;"> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;">En PALMA DE MALLORCA, a veintiuno de junio de dos mil dieciocho.</span></p> <p style="margin:0px;"> <span style="font-family:times new roman,times,serif;font-size:12px;"><strong>EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</strong></span></p> ]] CAIB